Revista cultural y de cuestiones actuales
Número 719

Qué dice la ley


En 2011 se reguló el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras. Aunque con claras deficiencias, parecía entonces que la Administración comenzaba a actuar contra esta plaga. Las exigencias legales eran contundentes y establecían la ruta para controlar la expansión de las especies invasoras. Sin embargo, el Tribunal Supremo suprimió cautelarmente ese texto legal en 2012 por las lagunas que tenía y, al parecer, por la presión de algunos grupos que consiguieron paralizarlo. Entre ellos, asociaciones de pescadores, especialmente las dedicadas a la perca americana o black bass, un pez demandado por los aficionados a la pesca y que mueve alrededor de esta actividad cientos de miles de euros. 

El principal y sorprendente argumento de esas organizaciones es que la perca americana, y otras especies introducidas para la pesca recreativa, llevan muchos años en nuestros ríos y no son tan dañinos como se dice. Es más: algunos se atreven a apuntar supuestos beneficios ecológicos de su presencia en los cursos fluviales. 

Sin entrar en discusiones sociopolíticas ni olvidar factores como los bienes económicos y culturales que ofrece la pesca de ciertas especies, lo que sí es indudable son los efectos dañinos en la biodiversidad autóctona por la introducción del black bass. Efectos que están documentados y publicados en revistas científicas. Consecuencias reales y contrastadas evidentes y ponderables. No sirve como argumento la presunta inocencia: la culpabilidad está más que demostrada.